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Ordenanzas de la Ciudad de Worthington

Ordenanzas de la Ciudad de Worthington

El Departamento de Policía de Worthington provee esta corta sinopsis de las Leyes Estatales y Ordenanzas de la Ciudad para su conveniencia. No intenta representar todas las Leyes y las Regulaciones.

Si usted tiene cualquier pregunta respecto a las leyes mencionadas en este folleto, por favor llame el Centro de Aplicación de la Ley al 295-5400.

Su cooperación con el Centro de Aplicación de la Ley local es apreciado grandamente.
-El Jefe de Policía de Worthington

Folleto de Ordenanzas de la Ciudad (English version)

Las siguiente son Ordenanzas de la Ciudad de Worthington

Un vehículo no puede estacionarse en el mismo lugar en una calle pública o en un estacionamiento de un parque pública por mas de un período de 24-horas.

La remoción de nieve es asistida por una declaración de emergencia de nieve en el invierno. Cuando se declara una emergencia de nieve, no hay estacionamiento en las calles de la ciudad de Worthington. Escuche la estación de radio Radioworks o visite el sitio web de la ciudad de Worthington para obtener detalles sobre emergencias de nieve.

La ciudad no permite que coches viejos sean estacionados en la ciudad, incluyendo la propiedad privada.

No se le permite descargar (disparar) cualquier arma de fuego en los límites de la ciudad. Esto incluye BB y armas de perdigones. Ni se le permite descargar explosivos, fuegos artificiales or petardos o cohetes. Ni se le poseer fuegos artificiales o petardos.

La Ciudad de Worthington prohibe cualquier tipo de Exhibición de Manejo, tal como el rechinar de neumáticos, hilando en arena o grava, una simulación de una carrera u otro impulso errático.

La Ciudad de Worthington prohibe la fabricación o producción de un ruido innecesario ya sea gritando o por cualquier otro medio o mecanismo incluso el soplido de cualquier automóvil u otra vocina de vehículo.

La Ciudad de Worthington prohibe:

  • a menores (cualquiera menor de 16 años) de estar en lugar público a las 10:00 p.m. en cualquier domingo, lunes, martes, miércoles, o jueves hasta las 6:00 a.m. del siguiente día, y de estar en un lugar público a las 11:00 a.m. hasta las 6:00 a.m. en cualquier viernes o sábado.
  • a menores (de 16 años y 17 años) de estar en lugar público a las 11:00 p.m. en cualquier domingo, lunes, martes, miércoles, o jueves hasta las 6:00 a.m. del siguiente día, y de estar en un lugar público a las medianoche hasta las 6:00 a.m. en cualquier viernes o sábado.

Las únicas excepciones a la ordenanza del toque de queda son que el menor este:

  • Acompañada por el padre o guardián legal del menor;
  • En un mandado a la dirección del padre or guardián del menor, sin ninguna desvíación o parada;
  • En un vehículo de motor involucrado en un viaje interestatal;
  • Comprometido en una actividad de empleo, o yendo a/o regresando a la casa de una actividad de empleo, sin ninguna desviación o parada;
  • Involucrado en una emergencia;
  • En la acera que colinda la residencia del menor o en colindancia con la residencia del vecino del lado, si el vecino no se queja al Departamento de Policía acerca de la presencia del menor;
  • Asistiendo a una escuela oficial, religiosa, u otra actividad recreativa supervisada por adultos y patrocinada por la ciudad, una organización cívica, u otra entidad similar que toma la responsabilidad del menor, yendo a/o regresando a la casa, sin ninguna desvíación o parada; una escuela oficial, religiosa u otra actividad recreativa supervisada por adultos y patrocinada por la ciudad, una organización cívica, u otra entidad similar que toman la responsabilidad del menor;
  • Ejerciendo los derechos de la Primera Enmienda protegida por la Constitución de los Estados Unidos;
  • Casado o habia estado casado;
  • Sin hogar o usa un lugar público o semi-público como su lugar de morada.

Sin usted tiene cualquier pregunta sobre estos u otras leyes, por favor llame el Centro de Aplicación de Ley al 295-5400.